Preguntas Frecuentes
Respuestas Rápidas a Tus Dudas Contables y Fiscales
Hemos reunido en esta sección las preguntas más comunes que recibimos de nuestros clientes. Explora las respuestas para entender mejor tus obligaciones fiscales y, si no encuentras lo que buscas, contáctanos directamente para darte atención personalizada.

Aviso de Exención de Responsabilidad
Las respuestas mostradas en esta sección son de carácter puramente informativo y general, basadas en las leyes fiscales mexicanas vigentes al momento de su publicación. No constituyen asesoría legal, contable ni fiscal personalizada. Debido a que cada situación es única y la legislación cambia constantemente, le recomendamos agendar una consultoría con nuestros especialistas antes de tomar cualquier decisión referente a su negocio. mdo@contadoresmdo.com
Altas y Regímenes Fiscales
¿Qué régimen fiscal me conviene para iniciar mi negocio?
Depende de tu actividad, tus clientes y tu proyección de ingresos. En México existen opciones atractivas como el RESICO (Régimen Simplificado de Confianza), que ofrece tasas de ISR muy bajas (del 1% al 2.5%) para personas físicas con ingresos menores a 3.5 millones de pesos al año. También evaluamos el Régimen de Actividad Empresarial o la constitución de una Persona Moral (S.A. de C.V., S. de R.L., S.A.S., etc.). Analizamos tu perfil para que pagues lo justo dentro de la ley.
¿Qué requisitos necesito para que la consultoría MDO tramite mi alta en el SAT?
Para realizar tu inscripción o actualización en el RFC, necesitaremos tu CURP, una identificación oficial vigente (INE o Pasaporte) y un comprobante de domicilio reciente (luz, agua o teléfono no mayor a 3 meses), Además de una visita presencial en la oficina del SAT correspondiente.
Si ya cuentas con tu contraseña del SAT o tu e.firma (firma electrónica) vigente, estos archivos serán indispensables para comenzar a trabajar en tu contabilidad de inmediato.
Impuestos y Obligaciones en México
¿Cuáles son las declaraciones básicas que debo presentar y cuándo vencen?
Si eres Persona Física, por lo general debes presentar declaraciones mensuales provisionales de ISR (Impuesto sobre la Renta) e IVA (Impuesto al Valor Agregado) a más tardar el día 17 del mes posterior al que corresponda el pago. Además, se debe cumplir con la Declaración Anual (en abril para Personas Físicas y en marzo para Personas Morales).
¿Qué gastos puedo deducir para bajar legalmente mis impuestos?
Para que un gasto sea deducible, debe ser estrictamente indispensable para tu actividad, contar con su factura CFDI y haber sido pagado mediante medios electrónicos (tarjeta, transferencia o cheque) si el monto supera los $2,000 pesos. Ejemplos comunes son la renta de tu oficina, luz, internet, papelería, herramientas de trabajo y mercancías. Si tributas como persona física en RESICO, recuerda que el cálculo de tu ISR se hace sobre ingresos brutos, pero las deducciones siguen siendo vitales para acreditar el IVA.
Facturación Electrónica (CFDI)
¿Es obligatorio emitir facturas en la versión CFDI 4.0?
Sí, la versión CFDI 4.0 es la única vigente y obligatoria en México. Para emitir una factura correctamente a tus clientes, la ley exige que valides sus datos fiscales exactos tal como aparecen en su Constancia de Situación Fiscal: RFC, nombre o razón social completo (sin el régimen de capital para empresas), régimen fiscal, código postal de su domicilio fiscal y el uso del CFDI.
¿Qué pasa si cometo un error en una factura o necesito cancelarla?
El SAT cuenta con reglas estrictas para la cancelación de CFDI. Al solicitar una cancelación, el sistema te pedirá seleccionar un motivo de cancelación, especificando si se sustituirá por otra o si la operación no se llevó a cabo. Además, en muchos casos se requiere la aceptación del cliente desde su Buzón Tributario. Nosotros te ayudamos a gestionar este proceso para evitar multas por cancelaciones fuera de plazo.
Relación con el SAT y Nuestra Asesoría
¿Por qué es tan importante revisar el Buzón Tributario y la Opinión del Cumplimiento?
El Buzón Tributario es el medio oficial por el cual el SAT te envía notificaciones, requerimientos o avisos importantes; no atenderlo a tiempo puede derivar en multas o la suspensión de tus sellos digitales.
Por otro lado, mantener tu Opinión del Cumplimiento en sentido "Positivo" es indispensable para trabajar con grandes clientes, solicitar créditos o licitar con el gobierno, ya que demuestra que estás al corriente con tus impuestos.
¿Qué debo hacer si me llega una notificación de requerimiento del SAT?
Lo más importante es avisarnos de inmediato. El SAT otorga plazos muy específicos (usualmente de 15 a 20 días hábiles) para aclaraciones, presentar documentación o corregir omisiones. No ignores el aviso. Nuestro equipo de especialistas revisará el documento, preparará los papeles de trabajo necesarios y subirá la aclaración a través del portal del SAT para resolver la situación sin poner en riesgo tu patrimonio.
Comercio Electrónico y Plataformas Tecnológicas
Vendo por Amazon, Mercado Libre o Uber, ¿en qué régimen del SAT debo inscribirme?
Si generas ingresos a través de aplicaciones, plataformas digitales o intermediarios, debes tributar bajo el Régimen de Actividades Empresariales con Ingresos a Través de Plataformas Tecnológicas.
Bajo este esquema, la plataforma te retendrá de forma automática un porcentaje de ISR e IVA sobre tus ventas y lo entregará al SAT en tu nombre.
Si vendo a través de mi propia tienda en línea ¿aplica el mismo régimen?
No. Si vendes directamente en tu sitio web sin intermediarios que procesen el pago y retengan impuestos, no aplicas para el régimen de plataformas. En este caso, debes tributar en el Régimen de Actividad Empresarial o evaluar si cumples los requisitos para entrar al RESICO.
Nosotros analizamos la estructura de tu pasarela de pagos para registrarte correctamente.
Nómina, IMSS e INFONAVIT
¿Es obligatorio dar de alta a mis empleados en el IMSS desde el primer día?
Sí, la Ley del Seguro Social exige que inscribas a tus trabajadores desde el primer día de la relación laboral, teniendo un plazo máximo de 5 días hábiles para presentar el aviso. Hacerlo a tiempo te protege de capitales constitutivos (multas y cobros por la atención médica que el IMSS brinde a un empleado no registrado) ante cualquier accidente de trabajo.
¿Cómo se calculan las cuotas patronales del IMSS e INFONAVIT y cuándo se pagan?
Estas cuotas se determinan con base en el Salario Diario Integrado (SDI) de cada trabajador. Las cuotas del IMSS se pagan de forma mensual, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Por su parte, las aportaciones del INFONAVIT (que equivalen al 5% del salario del trabajador) y el fondo de retiro (RCV) se pagan de manera bimestral, en los meses impares.
¿Qué es la Prima de Riesgo de Trabajo y por qué cambia cada año?
Es una cuota que pagas al IMSS para cubrir los posibles accidentes o enfermedades a los que se exponen tus empleados según tu actividad económica. Al darte de alta, inicias en la prima media de tu clase. Cada año, durante el mes de febrero, tenemos la obligación de calcular y presentar la Declaración de la Prima de Riesgo de Trabajo, la cual puede subir o bajar dependiendo de la cantidad de accidentes que hayan tenido tus trabajadores en el año anterior.
¿Puedo darme de alta en el IMSS si soy Trabajador Independiente (Persona Física) o si estoy en RESICO?
Sí, actualmente el IMSS cuenta con la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio (Modalidad 10) para trabajadores independientes, comerciantes y profesionistas. Bajo este esquema, puedes pagar tus propias cuotas mensuales para tener acceso a servicios médicos, incapacidades, guarderías y ahorro para el retiro (Afore), sin necesidad de simular una relación laboral.
